![Más de 211.000 madrileños han enviado ya su voto por correo para las elecciones del 4 de mayo](https://imagenes.20minutos.es/files/image_640_360/uploads/imagenes/2021/04/30/mas-de-211-000-madrilenos-han-enviado-ya-su-voto-por-correo-para-las-elecciones-del-4-de-mayo.jpeg)
El próximo domingo 28 de mayo, los electores tienen una cita con las urnas, en algunos casos doble. Se celebran las elecciones municipales en todo el país y las autonómicas en Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Islas Baleares, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Navarra, La Rioja, Ceuta y Melilla. La campaña electoral ya ha empezado, y los candidatos y candidatas están inmersos en actos electorales para presentar sus propuestas.
En este sentido, el plazo para votar por correo se abrió el pasado 4 de abril de 2023. Pero, ¿hasta cuándo se puede solicitar la documentación para poder votar? Como indican en Correos, los electores que decidan votar por correo pueden solicitar hasta el día 18 de mayo, inclusive, el certificado de inscripción en el censo. Se trata de un documento necesario para poder emitir el voto por correo.
Hasta cuándo se puede depositar el voto
Una vez solicitado, Correos entregará las solicitudes a las delegaciones provinciales correspondientes, que enviarán a partir del 8 de mayo la documentación necesaria para ejercer el voto por correo. El plazo para depositar dicho voto finalizará el 24 de mayo, cuatro días antes de la jornada electoral.
Aquellas personas que no hayan recibido todavía la documentación, pueden consultar en este enlace el estado del envío, introduciendo el documento de identidad y la fecha de nacimiento.
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